Fideicomiso impulsará industria aeronáutica y espacial en RD
El presidente Luis Abinader dispuso la constitución de un fideicomiso público de desarrollo inmobiliario, administración, inversión, fuente de pago, garantía y oferta pública, que se denominará Fideicomiso Público para el Desarrollo de la Industria Aeronáutica Nacional y Espacial.
El mandatario asentó su decisión en el decreto 156-25, emitido este viernes 2 de mayo de 2025, al considerar que incentivar la inversión pública para impulsar la industria aeronáutica y espacial dominicana tendrá un impacto en el ahorro por mantenimiento y adquisición de aeronaves para el Estado.
Estableció que al mismo tiempo este fideicomiso fomentará la formación, inclusión y desarrollo técnico continuo de profesionales dominicanos en las ciencias aeronáuticas, favoreciendo a este sector de la población y fortaleciendo la imagen país mediante el apoyo a las ciencias y las nuevas tecnologías.
El artículo 2 del referido decreto indica que las partes de este fideicomiso serán el Estado dominicano, que actuará a través del Ministerio de Defensa y la Fiduciaria Reservas, en calidad de fiduciaria.
Entre los objetivos del Fideicomiso Público para el Desarrollo de la Industria Aeronáutica Nacional y Espacial figuran: desarrollar la industria aeronáutica y aeroespacial del país canalizar y facilitar las inversiones necesarias para fortalecer su operatividad y comercializar los productos terminados derivados de sus operaciones.
Desde el año pasado, el país ha incursionado en el ensamblaje de aeronaves con los aviones Dulus, que se hacen en la Base Aérea de San Isidro.
Duración del fideicomiso
La duración del fideicomiso será de tres años, a partir de la fecha de suscripción del contrato constitutivo del mismo.
Transcurrido este plazo, el Fideicomiso Público para el Desarrollo de la Industria Aeronáutica Nacional y Espacial se extinguirá y el patrimonio fideicomitido será reintegrado al Estado dominicano, en su calidad de fideicomisario, salvo una prórroga expresa por decisión del fideicomitente.
Director ejecutivo
Este fideicomiso contará con una Dirección Ejecutiva, que tendrá bajo su cargo la operatividad diaria del fideicomiso, encargándose de ejecutar todas las acciones previstas del Fideicomiso, actuando por cuenta y bajo instrucciones del fideicomitente.
En el mismo decreto, Abinader hace la designación del mayor general Carlos Ramón Febrillet Rodríguez de la fuerza aérea como director ejecutivo del fideicomiso. Febrillet Rodríguez es actualmente viceministro de Defensa para Asuntos Aéreos y Espaciales.
Como director ejecutivo, Febrillet Rodríguez tendrá la responsabilidad expresa de coordinar e implementar las estrategias necesarias para el desarrollo y comercialización de los activos que permitan el impulso de la industria aeronáutica y aeroespacial del país vía el fideicomiso.
Responsabilidades de la fiduciaria
En su artículo 5, el decreto establece las responsabilidades de la fiduciaria. Estas son:
Recibir y conservar en propiedad fiduciaria los bienes y derechos transferidos al Fideicomiso. Custodiar y administrar el patrimonio fideicomitido en beneficio del Estado dominicano, en su calidad de fideicomisario. Conservar la propiedad de los bienes y derechos que integren el patrimonio fideicomitido separada de sus propios bienes, mediante registros de cuentas de orden de la fiduciaria. Destinar los fondos del patrimonio fideicomitido a las operaciones del Fideicomiso Público para el Desarrollo de la Industria Aeronáutica Nacional y Espacial, al cumplimiento de su objeto y fines, así como al pago de las obligaciones asumidas con cargo a su patrimonio. Fiscalizar, auditar y supervisar, de manera directa o subcontratada y con cargo al patrimonio fideicomitido, el debido cumplimiento de todas las iniciativas, proyectos y contratos suscritos o ejecutados por el Fideicomiso. Invertir los recursos líquidos que no sean destinados al cumplimiento de los fines del Fideicomiso en instrumentos financieros que ofrezcan el mayor rendimiento y seguridad, conforme a las inversiones pennitidas bajo el contrato constitutivo del Fideicomiso. Gestionar, contratar, recibir e incurrir, por cuenta y a nombre del Fideicomiso, en créditos, financiamientos, endeudamientos y contratación de instrumentos financieros de cualquier índole en los diversos mercados, tanto nacionales como internacionales, en moneda local o extranjera, a corto o largo plazo, conforme a los términos y condiciones aprobados por el fideicomitente o por el director ejecutivo, según corresponda, dentro del marco de los planes y presupuestos generales. Suscribir, por cuenta del Fideicomiso y con cargo al patrimonio fideicomitido, los contratos derivados de los procesos de compras y contrataciones públicas llevadas a cabo por el director ejecutivo, que sean requeridos para el cumplimiento de su objeto y fines, conforme a las instrucciones del fideicomitente, de conformidad con lo establecido en la Ley núm. 28-23. Cumplir de forma oportuna y diligente con los actos a su cargo para la consecución de los fines del Fideicomiso Público para el Desarrollo de la Industria Aeronáutica Nacional y Espacial.